Vivir dentro de un condominio implica la convivencia con otros poseedores, para ellos hay que establecer derechos y responsabilidades claras para cohabitar armoniosamente. La Ley de Propiedad de Condominio parte de este objetivo, aquí te presentamos algunos de sus atributos.
La Ley de Propiedad en Condominio de Inmuebles para el Distrito Federal (llamada así por su publicación previa al cambio de nombre de la capital anunciado en 2016) regula la constitución, organización, funcionamiento y extinción del régimen de propiedad en condominio en la Ciudad de México.
Artículo 1.- […] Regulará las relaciones entre los condóminos y/o, poseedores y entre éstos y su administración, estableciendo las bases para resolver las controversias que se susciten con motivo de tales relaciones, mediante la conciliación, el arbitraje, a través de la Procuraduría Social del Distrito Federal, sin perjuicio de la competencia que corresponda a otras autoridades judiciales o administrativas.1
Dentro de esta Ley se establecen los requisitos para la creación de un condominio, incluyendo la elaboración de una escritura constitutiva y un reglamento interno. Este último es el instrumento que regula el uso de las áreas comunes y establece las bases de sana convivencia en el interior del condominio. En esta Ley también se definen las áreas de uso común y las unidades de propiedad privativa. Los condóminos tienen derechos exclusivos sobre sus unidades y derechos compartidos sobre las áreas comunes
Artículo 7.- En el Régimen de Propiedad en Condominio, cada titular disfrutará de sus derechos en calidad de propietario, en los términos previstos en el Código Civil para el Distrito Federal. Por tal razón, podrá venderlo, darlo en arrendamiento, hipotecarlo, gravarlo y celebrar, respecto de la unidad de propiedad privativa, todos los contratos a los que se refiere el derecho común, con las limitaciones y modalidades que establecen las leyes. El derecho de copropiedad sobre los elementos comunes del inmueble es accesorio e indivisible del derecho de propiedad privativo sobre la unidad de propiedad exclusiva, por lo que no podrá ser enajenable, gravable o embargable separadamente de la misma unidad.2
La administración del condominio debe llevarse a cabo por un administrador profesional o un condómino designado. La Asamblea General de Condóminos es el órgano máximo de decisión, integrada por la mayoría de los condóminos, en la que se resolverán los asuntos de interés común respecto al condominio.
Es responsabilidad de los condóminos cumplir con las cuotas de mantenimiento y respetar el reglamento interno. Por otro lado, su derecho a participar en las asambleas y a utilizar las áreas comunes siempre debe ser respetado para formar una convivencia justa dentro del condominio.
Artículo 16. Cada condómino, poseedor y en general los ocupantes del condominio tiene el derecho del uso de todos los bienes comunes incluidas las áreas verdes y gozar de los servicios e instalaciones generales, conforme a su naturaleza y destino, sin restringir o hacer más gravoso el derecho de los demás, […]3
Los conflictos entre condóminos o con la administración se deberán resolver mediante conciliación o arbitraje a través de la Procuraduría Social de la Ciudad de México (PROSOC). Dependiendo del caso que se busque solucionar, los condóminos y, en caso de ser necesarios, los administradores tendrán que acudir ante las autoridades, ya sean judiciales o administrativas para encontrar la manera de resolver las controversias que se presenten dentro del condominio.
Dentro del blog de Adryo podrás encontrar distintas formas de vivir dentro de un condominio, así como las distintas Leyes que debes conocer para que todos tus derechos sean respetados cuando eliges comprar una vivienda.
1, 2, 3 Ley de Propiedad de Condominio de Inmuebles para el Distrito Federal [L.P.C.I.D.F.], Reformada, Diario Oficial de la Federación [D.O.F.], 2017